Es esencial que comprendas cómo esta festividad impacta las obligaciones laborales y los derechos de los trabajadores según la normativa vigente. Por eso, en esta ocasión, te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la regulación de los días remunerados en la nómina de tus colaboradores.
Días festivos y el derecho al descanso remunerado en semana santa
En Colombia, el jueves y viernes santo son considerados días festivos de carácter religioso según lo establecido en la ley 51 de 1983 o ley Emiliani. Esta ley determina que los trabajadores tienen el derecho fundamental a disfrutar de estos días como descanso remunerado, es decir, deben ser pagos por la empresa de manera habitual, sin que esto afecte su salario, tal como lo estipula el artículo 177 del código sustantivo del trabajo (CST).
Sin embargo, el mismo artículo 177 del CST y el artículo 181 del CST contemplan excepciones para aquellos sectores que, por la naturaleza de sus servicios, requieren una operación continua. Sectores como la salud, el turismo y la seguridad, entre otros, pueden requerir que algunos de sus empleados trabajen durante la semana santa, dependiendo de la naturaleza de su trabajo y su contrato laboral.
Para aquellos trabajadores que deban prestar sus servicios durante el jueves y viernes santo, la legislación colombiana prevé una compensación especial:
El artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajo en días de descanso obligatorio (como los festivos) debe remunerarse con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas. adicionalmente, el artículo 180 permite que, de mutuo acuerdo entre empleador y trabajador, este recargo pueda ser compensado con un descanso remunerado equivalente en la semana siguiente.
Dentro de la normativa laboral colombiana, en los artículos 177 al 185 del Código Sustantivo del Trabajo, se detalla cómo deben calcularse estos recargos y cómo deben concederse los descansos compensatorios. El objetivo principal es proteger los derechos de los trabajadores que cumplen sus labores en días de especial relevancia religiosa y cultural.
Por lo tanto, las empresas que operan durante la semana santa deben planificar minuciosamente sus horarios y sistemas de compensación para asegurar el estricto cumplimiento de la ley y evitar posibles sanciones legales impuestas por el ministerio del trabajo.
¿Cómo se refleja la semana santa en el pago de la nómina?
Para entender el impacto de la semana santa en la nómina, es importante distinguir dos escenarios principales de la legislación laboral colombiana: el trabajo en días festivos y el descanso durante estos días.
Caso 1: Trabajo en jueves y viernes santo (días festivos)
Si un empleado debe trabajar durante el jueves o viernes santo, tiene el derecho a recibir un recargo del 75% sobre el valor de su hora ordinaria de trabajo por cada hora laborada en estos días festivos, tal como lo estipula el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo. Esto implica que su remuneración por estas horas será significativamente superior a la de un día laboral común.
Cálculo del recargo (artículo 179 del CST):
El recargo se calcula tomando el valor de la hora ordinaria del trabajador y sumándole el 75% de ese mismo valor. El resultado es el monto que se debe pagar por cada hora trabajada durante el día festivo.
Caso 2: Descanso en jueves y viernes santo (días festivos)
¿Qué hacer si no se cumple con el pago correcto en días festivos trabajados?
Si un trabajador no recibe el pago adecuado por las horas laboradas durante un día festivo o siente que sus derechos laborales no están siendo respetados, tiene el derecho de acudir al Ministerio del Trabajo, quien tiene la tarea de inspeccionar, vigilar y controlar el cumplimiento de las normas laborales de acuerdo con el decreto 4108 de 2011 y otras normativas concordantes.
La importancia de una gestión de nómina eficiente en semana santa (cumplimiento normativo)
Para las empresas y empleadores, contar con un sistema de gestión humana y nómina electrónica robusto y eficiente es crucial, especialmente durante períodos como la semana santa. Estas herramientas digitales, permiten calcular y pagar de manera precisa los salarios y los recargos correspondientes a los trabajadores que laboren en días festivos, asegurando el cumplimiento de los artículos 177, 179 y 180 del código sustantivo del trabajo con mayor exactitud y menor rango de error.
Plataformas como minomina.com llegan como una solución integral que facilitan este y varios procesos relacionados a los Recursos Humanos, ayudando a las empresas a cumplir con la legislación laboral colombiana y minimizando el riesgo de conflictos laborales y errores manuales en la liquidación y pago de la nómina. Al automatizar los cálculos y garantizar la correcta aplicación de las normativas, evitas posibles sanciones fortaleces la relación con tus empleados.
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